Medicamentos / Acceso / Declaraciones
Acceso
a medicamentos esenciales y salud pública Un enfoque desde los derechos humanos |
El seminario
tuvo lugar el 29 y 30 de Enero 2004, Organizado por Acción
Internacional para la Salud, con el apoyo del Ministerio de
Cooperación Británico y The Policy Project- USAID.
El Seminario contó con los auspicios de ForoSalud, Médicos Sin
Fronteras-Sección Bélgica, Universidad Peruana Cayetano
Heredia, Consorcio de Investigación Económica y Social, Colegio
Químico Farmacéutico del Perú y la Organización Panamericana
de la Salud.
Los y las participantes al Primer Seminario Internacional sobre Acceso a Medicamentos Esenciales hacen público las consideraciones que a continuación se señalan y que debieran ser tomadas en cuenta por los gobiernos, el sector privado y los ciudadanos y ciudadanas en general, para que la población pueda acceder a los medicamentos que necesita:
1. El medicamento es un bien con características especiales pues tiene relación con la salud y la vida de las personas; por eso, reafirmamos que el medicamento debe ser considerado como un bien público, particularmente el medicamento esencial. El acceso a los medicamentos esenciales es un derecho humano como parte del derecho humano a la salud. Entendiendo el medicamento como un bien público no puede ser tratado ni considerado como cualquier otra mercancía, ni en el proceso de regulación del mercado, ni en los acuerdos internacionales de comercio.
2. Grandes segmentos de la población de Latinoamérica, particularmente los pobres, no tienen acceso oportuno y sostenido a los medicamentos que necesitan, sobre todo a aquellos medicamentos que salvan vidas. El problema se agrava cuando se comprueba que no tienen cobertura de salud y el gasto, incluyendo el exagerado precio de los medicamentos, lo tienen que hacer a costa de sacrificar sus escasos recursos destinados a satisfacer otras necesidades prioritarias como la alimentación.
3. El valor del mercado farmacéutico en la mayoría de países de la Región ha aumentado en las últimas dos décadas pero al mismo tiempo se ha reducido el número de unidades consumidas, lo que se traduce en la exclusión de grandes sectores de la población a medicamentos muchas veces esenciales para su salud y su vida.
4. El acceso a medicamentos y a los servicios de salud involucra al Ministerio de Salud y a otros sectores que tienen injerencia con la asignación de recursos. Asimismo, tiene directa relación con los acuerdos comerciales que actualmente están en vigencia y son administrados por la Organización Mundial de Comercio, como el acuerdo sobre Aspectos de la Protección de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados al Comercio (ADPIC), que establece patentes por veinte años para los nuevos medicamentos pero que tiene salvaguardas que pueden ser usadas por los gobiernos como las licencias obligatorias y las importaciones paralelas.
5. Los acuerdos bilaterales de comercio y el ALCA, entrañan riesgos para el acceso a los medicamentos esenciales pues podrían ampliar los mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual y restringir el uso de las salvaguardas incluidas en los ADPIC. La Declaración de Doha, que consagra la primacía de los intereses de la salud pública sobre cualquier interés comercial, debe ser la guía para las negociaciones que influyan sobre la salud y particularmente el acceso a medicamentos esenciales.
6. Es evidente la falta de investigación de nuevos medicamentos para las enfermedades que afligen a los más pobres (tuberculosis, malaria, enfermedad de Chagas, leishmaniasis, etc.) pues el desarrollo de nuevas moléculas de medicamentos está influida significativamente por las utilidades que pueda producir más que por criterios sanitarios.
7. Muchos países han asumido el concepto de medicamento esencial - eficaces, seguros, de calidad, y que responden a necesidades terapéuticas - para mejorar el acceso a los medicamentos que la población necesita, incrementando la eficiencia de la atención en los servicios sanitarios. En la mayoría de países de Latinoamérica existen listados de medicamentos esenciales teniendo en cuenta las necesidades terapéuticas de la población. Asimismo los países han hecho esfuerzos para mejorar el acceso, ya sea promoviendo la competencia, la producción local, regulando y negociando precios con productores e importadores, estableciendo políticas de genéricos, etc.
8. Es importante señalar que en algunos países de la Región la combinación de compras de medicamentos centralizadas y descentralizadas mejora el uso de los recursos financieros y permiten beneficiar a mayor parte de la población. Esto sugiere un mayor intercambio de información para aprovechar lecciones y experiencias aprendidas.
9. Algunos países cuentan con políticas de medicamentos genéricos orientadas a incrementar la producción y su uso. La introducción de medicamentos genéricos, fundamentada principalmente en el uso universal de la Denominación Común Internacional (DCI) en la prescripción, incentiva la competencia y disminuye significativamente los precios, como se demuestra permanentemente en nuestros mercados, mejorando la atención en los servicios de salud y el uso de los escasos recursos económicos de los(as) usuario(as).
Estos hallazgos y principios nos llevan a hacer las siguientes recomendaciones:
1. Es necesario que los gobiernos hagan mayores esfuerzos para que la población tenga acceso universal a los servicios de salud y los medicamentos esenciales, dentro del marco de las diferentes formas de organización de los servicios de salud.
2. La participación de las organizaciones de la sociedad civil es un elemento importante para la formulación e implementación de políticas de salud y medicamentos que lleven a cumplir el objetivo estratégico de acceso universal, mediante un proceso de toma de decisiones democrático y participativo.
3. El mercado debe ser regulado para que los medicamentos estén al alcance de la población que los necesita. La regulación de precios se aplica en varios países latinoamericanos, acercándose a las regulaciones de precios de países ricos. Deben explorarse diferentes alternativas que sin generar distorsiones, contribuyan al objetivo primordial de favorecer el acceso de la población a los medicamentos.
4. Recientemente se observa una tendencia notable a la realización de acuerdos comerciales bilaterales entre países pobres y ricos. Es urgente que los países en desarrollo actúen colectivamente en los foros regionales e internacionales, como la Organización Mundial de la Salud, la Organización Mundial de Comercio y otros, de tal modo que obtengan el respaldo para sus políticas nacionales de salud y medicamentos orientadas al beneficio de su población. Las negociaciones bilaterales se perciben como profundamente desiguales, y en los temas relativos a la protección de la propiedad intelectual se ha hecho evidente una presión por mayores estándares que pueden afectar las políticas nacionales orientadas al incremento en el acceso.
5. Es necesario que los gobiernos, ONG, gremios profesionales, la academia, la industria farmacéutica etc., mejoren el intercambio de información, tecnología y conocimientos con el fin de fortalecer la cooperación y mejorar las estrategias para un mayor acceso a los medicamentos que la población necesita.
6. Los gobiernos deben adoptar progresivamente la forma más apropiada para garantizar la calidad de los medicamentos, incluyendo el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura, de Laboratorio, de Almacenamiento y Distribución. Los temas de la bioequivalencia y la intercambiabilidad, relacionados con los productos genéricos, requiere un mayor debate para evitar que se conviertan en una barrera técnica que limite o anule injustificadamente la competencia en el mercado farmacéutico.
7. Los gobiernos que están en negociaciones bilaterales de comercio, así como aquellos que están en el proceso hacia el ALCA deben tener en cuenta que los intereses de la salud pública están por encima de los intereses comerciales, tal como lo señala la declaración de DOHA. Los gobiernos deben tener presente que estas negociaciones no deberán incluir nuevos acuerdos de protección de los derechos de propiedad intelectual, superiores a los que ya fueron establecidos por la Organización Mundial del Comercio.
Lima, 30 de enero de 2004
Para mayor información:
Acción Internacional para la Salud (AIS)
Aptdo 41-128. Lima. Perú
Tefl: + (51) (1) 3462325
Fax: + (51) (1) 3461502
e-mail: ais@aislac.org
web site: http://www.aislac.org
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salud pública
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Adaptado por Oscar Andia Salazar MD/ 10mar04
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